El Jurado de Expropiación de Galicia funciona como un órgano colegiado de carácter permanente y especializado, que actúa con independencia jerárquica y funcional, para la determinación de los precios justos de los expedientes de expropiación que le son encomendados.
Sú composición es:
- Presidencia:
Ejercida por un funcionario de carrera con licenciatura o grado en derecho, arquitectura o ingeniería, con más de diez años de experiencia profesional.
- Vocales:
- Un asesor jurídico, de la escala de letrados de la Xunta de Galicia
- Tres vocales permanentes del cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, titulados en arquitectura, ingeniería agrónoma o ingeniería de montes
- Un vocal del cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, en representación de la consellería competente en materia de hacienda
- Un vocal de la Federación Galega de Municipios y Provincias.
- Un técnico superior, por propuesta del Consello Galego de Consumidores y Usuarios
- Tres profesionales libres colegiados con acreditada competencia en las materias propias del ámbito competencial del Jurado, en representación de los colegios profesionales de Galicia, designados por sus presidentes.
Los vocales que representan a los colegios profesionales son un Ingeniero Agrónomo, si se trata de fincas rústicas; un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, cuando se trate de axplotaciones hidráulicas u otros bienes propios de su especialidad; un Ingeniero de Montes, cuando la principal explotación de la finca expropiada sea forestal; un Ingeniero de Minas, en los casos de expropiación de derechos mineros; un Arquitecto cuando la expropiación afecte a fincas urbanas; un Ingeniero Industrial, cuando se trate de industrias en general, y un economista cuando la expropiación trate sobre valores mobiliarios.
El XEG como órgano administrativo
El XEG es también un órgano administrativo perteneciente a la estructura de la Xunta de Galicia, que es el encargado de dar apoyo técnico-jurídico-administrativo al órgano colegiado.