El Jurado de Expropiación de Galicia funciona mediante “Plenos” y “Secciones”.
- Las secciones, constituidas con carácter permanente, son reuniones que se celebran en el Jurado a las que les corresponden el estudio de los expedientes, y el planteamiento de las distintas propuestas de valoración de los expedientes al Pleno. Son tres y comprenden las siguientes materias:- Sección Primera: expropiaciones en suelo urbano, de núcleo rural, urbanizable o en situación de urbanizado.
- Sección Segunda: expropiaciones en suelo rústico o en situación de rural.
- Sección Tercera: expropiaciones de actividades industriales y económicas.
 
- Los plenos, son las reuniones del órgano colegiado, para analizar y aprobar las propuestas de precio justo de los expedientes de valoración obrantes en el Jurado, realizadas por las secciones correspondientes. Además en el pleno también se analizan y aprueban las propuestas de resolución de recursos presentados ante el Jurado.
- Presidenta - Dna. Patricia Ulloa Alonso 
- Vocales- Asesora jurídica - Dña. María del Pilar Nieto Tejerina 
- Técnicos Superiores - Dña. Mercedes Aymerich Valladares - D. José Ángel Burgo Rodil - D. Carlos Calzadilla Bouzón 
- Consellería de Hacienda y Administración Pública - D. Xan X. Castro Dapena (Suplente: D. Jorge Fernández Fernández) 
- Fegamp - D. César López Arribas (Suplente: D. Miguel Fernández Solís) 
- Consello Galego Consumidores e usuarios - Dña. Rosa Rodríguez Vales-Villamarín (Suplente: Dña. Yolanda Pérez Rivera) 
- Siete profesionales libres colegiados elegidos entre los más idóneos en función de la naturaleza de los bienes, designados por los colegios oficiales- Ingenieros Agrónomos - D. José Antonio Rivas Paz (Suplente: D. Rogelio Villar Gantes) 
- Ingenieros de Caminos Canales y Puertos - D. Francisco Rosendo Alonso Fernández (Suplente: D. Juan José Vázquez Cerreda) 
- Ingenieros de Montes - Dña. Rosalía Castro Ríos (Suplente: D. Juan Carlos Llamazares Díaz) 
- Ingenieros de Minas - D. Pedro Unzueta Martínez (Suplente: D. Enrique García Tamargo) 
- Arquitectos - Dña. Eva María Filgueira García (Suplente: Dña. Patricia López González) 
- Ingenieros Industriales - D. Manuel Aurelio Colmenero Guzmán (Suplente: Dña. Rocío Lourenco Presa) 
- Economistas - D. Carlos Díaz Pérez (Suplente: D. Manuel Ángel Ansede Sánchez) 
 
 
- Secretaria - Dña. Xulia Rodríguez Blanco 
- Persona representante de la administración expropiante - Designada a propuesta de esta. 
- Otro personal técnico especialista - En función de la complejidad del expediente, podrá colaborar cualquier personal técnico al servicio de la Xunta o de las entidades locales de Galicia. 
- Primera: expropiaciones en suelo urbano, de núcleo rural, urbanizable o en situación de urbanizado. Vocales:- 3 personas funcionarias pertenecientes al cuerpo facultativo superior a los que hace referencia la letra b) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
- 1 representante de la FEGAMP, de acuerdo con la letra d) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
- 1 representante de los colegios profesionales, según la letra f) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado, entre las más idóneas en función de la materia que tengan atribuida.
 
- Segunda: expropiaciones en suelo rústico o en situación de rural. Vocales:- 3 personas funcionarias pertenecientes al cuerpo facultativo superior a los que hace referencia la letra b) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
- 1 representante de la FEGAMP, de acuerdo con la letra d) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
- 1 representante de los colegios profesionales, según la letra f) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado, entre las más idóneas en función de la materia que tengan atribuida.
 
- Tercera: expropiaciones de actividades industriales y económicas. Vocales:- 3 personas funcionarias pertenecientes al cuerpo facultativo superior a los que hace referencia la letra b) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
- 1 representante de la FEGAMP, de acuerdo con la letra d) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
- 1 representante de los colegios profesionales, según la letra f) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado, entre las más idóneas en función de la materia que tengan atribuida.
 
 
			 
		



