Composición

El Jurado de Expropiación de Galicia funciona mediante “Plenos” y “Secciones”.

  • Las secciones, constituidas con carácter permanente, son reuniones que se celebran en el Jurado a las que les corresponden el estudio de los expedientes, y el planteamiento de las distintas propuestas de valoración de los expedientes al Pleno. Son tres y comprenden las siguientes materias:
    • Sección Primera: expropiaciones en suelo urbano, de núcleo rural, urbanizable o en situación de urbanizado.
    • Sección Segunda: expropiaciones en suelo rústico o en situación de rural.
    • Sección Tercera: expropiaciones de actividades industriales y económicas.

 

  • Los plenos,  son las reuniones del órgano colegiado, para analizar y aprobar las propuestas de precio justo de los expedientes de valoración obrantes en el Jurado, realizadas por las secciones correspondientes. Además en el pleno también se analizan y aprueban las propuestas de resolución de recursos presentados ante el Jurado.
Plenos
  • Presidenta

    Dna. Patricia Ulloa Alonso

  • Vocales
    • Asesora jurídica

      Dña. María del Pilar Nieto Tejerina

    • Técnicos Superiores

      Dña. Mercedes Aymerich Valladares

      D. José Ángel Burgo Rodil

      D. Carlos Calzadilla Bouzón

    • Consellería de Hacienda y Administración Pública

      D. Xan X. Castro Dapena (Suplente: D. Jorge Fernández Fernández)

    • Fegamp

      D. César López Arribas (Suplente: D. Miguel Fernández Solís)

    • Consello Galego Consumidores e usuarios

      Dña. Rosa Rodríguez Vales-Villamarín (Suplente: Dña. Yolanda Pérez Rivera)

    • Siete profesionales libres colegiados elegidos entre los más idóneos en función de la naturaleza de los bienes, designados por los colegios oficiales
      • Ingenieros Agrónomos

        D. José Antonio Rivas Paz (Suplente: D. Rogelio Villar Gantes)

      • Ingenieros de Caminos Canales y Puertos

        D. Francisco Rosendo Alonso Fernández (Suplente: D. Juan José Vázquez Cerreda)

      • Ingenieros de Montes

        Dña. Rosalía Castro Ríos (Suplente: D. Juan Carlos Llamazares Díaz)

      • Ingenieros de Minas

        D. Pedro Unzueta Martínez (Suplente: D. Enrique García Tamargo)

      • Arquitectos

        Dña. Eva María Filgueira García (Suplente: Dña. Patricia López González)

      • Ingenieros Industriales

        D. Manuel Aurelio Colmenero Guzmán  (Suplente: Dña. Rocío Lourenco Presa)

      • Economistas

        D. Carlos Díaz Pérez (Suplente: D. Manuel Ángel Ansede Sánchez)

  • Secretaria

    Dña. Xulia Rodríguez Blanco

  • Persona representante de la administración expropiante

    Designada a propuesta de esta.

  • Otro personal técnico especialista

    En función de la complejidad del expediente, podrá colaborar cualquier personal técnico al servicio de la Xunta o de las entidades locales de Galicia.

Secciones
  • Primera: expropiaciones en suelo urbano, de núcleo rural, urbanizable o en situación de urbanizado. Vocales:
    • 3 personas funcionarias pertenecientes al cuerpo facultativo superior a los que hace referencia la letra b) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
    • 1 representante de la FEGAMP, de acuerdo con la letra d) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
    • 1 representante de los colegios profesionales, según la letra f) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado, entre las más idóneas en función de la materia que tengan atribuida.
  • Segunda: expropiaciones en suelo rústico o en situación de rural. Vocales:
    • 3 personas funcionarias pertenecientes al cuerpo facultativo superior a los que hace referencia la letra b) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
    • 1 representante de la FEGAMP, de acuerdo con la letra d) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
    • 1 representante de los colegios profesionales, según la letra f) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado, entre las más idóneas en función de la materia que tengan atribuida.
  • Tercera: expropiaciones de actividades industriales y económicas. Vocales:
    • 3 personas funcionarias pertenecientes al cuerpo facultativo superior a los que hace referencia la letra b) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
    • 1 representante de la FEGAMP, de acuerdo con la letra d) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado.
    • 1 representante de los colegios profesionales, según la letra f) del núm. 1 del Art.7 del Reglamento del Jurado, entre las más idóneas en función de la materia que tengan atribuida.